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En este sentido, uno de los hallazgos derivado de las entrevistas realizadas a acompañantes es que la mayoría utilizaba el ultrasonido por mandato de las ONG que coordinan las redes de acompañamiento a las que pertenecían o que las habían capacitado. Por lo general, quienes acompañan pedían a las mujeres que se realizaran un ultrasonido para confirmar su embarazo antes de continuar con el procedimiento y en algunos casos solicitaban ver el ultrasonido de manera presencial o a través de una imagen enviada por WhatsApp.

Al respecto, las acompañantes expresaron que utilizaron el ultrasonido para asegurar que el embarazo estuviera por debajo del límite de nueve semanas, que el producto estaba 'bien implantado' y que no estaban frente a un embarazo ectópico. Algunas otras refirieron que consideraban que el ultrasonido era una forma de determinar la veracidad del embarazo, filtrando a posibles personas “anti-derechos” que pudieran intentar engancharlas.

Asimismo, las acompañantes que dependen de los ultrasonidos expresaron temor de que algo pudiera salir mal si no los solicitaban. El miedo al embarazo ectópico es un ejemplo particular:

Hago todo el acompañamiento en línea y lo primero que se hace es pedir un ultrasonido, para ver que el embarazo, que el saco gestacional está bien implantado en el útero, que no hay un embarazo ectópico cervical, por ejemplo. Eso me da mucho miedo. Leí una vez sobre embarazo ectópico cervical y sí me asustó mucho.

En las entrevistas, varias acompañantes también mencionaron el miedo de provocar una hemorragia si se realizaba un aborto con medicamentos en situaciones en las que la mujer tuviera un embarazo ectópico. Durante procesos de capacitación proporcionados por ONG, ese tipo de casos fueron utilizados como justificación para el uso obligatorio de ultrasonidos.

Así, al preguntarle a una médica sobre esta práctica, señaló que el embarazo ectópico es poco común, ocurre en solo 1.5 a 2% de los embarazos (OMS 2012),9 y es raro que se pueda detectar con ultrasonido durante el primer trimestre, cuando se realizan la mayoría de los abortos con medicamentos. Además, indicó que las hemorragias son poco probables en un embarazo ectópico; pero hay mayores posibilidades de que el medicamento no funcione. Por el contrario, la médica afirmó que, en el caso de un embarazo ectópico en el primer semestre, el ultrasonido podría crear una especie de “seguridad falsa”, pues, aunque existiera un embarazo de este tipo es probable que no se identifique en un ultrasonido. Por lo tanto, es importante mencionar que la OMS (2012) también descarta la necesidad de un ultrasonido si una mujer no tiene antecedentes o síntomas de un embarazo ectópico. La informante subrayó que el aborto con medicamentos es una forma muy eficaz de detectar un embarazo ectópico temprano y así proporcionar atención médica a la mujer y como ocurre con cualquier complicación del aborto, y para el caso es preferible que la mujer esté acompañada mientras negocia con el sistema de salud, que hacerlo por su cuenta.

Por otro lado, las acompañantes que no utilizan ultrasonido ponen énfasis en el aborto con medicamentos y el acompañamiento como un proceso centrado en la mujer. Así, la edad gestacional la determinan las propias mujeres y quienes acompañan confían en el conocimiento que tienen de su propio cuerpo. Esto implica que evitan la difusión sensacionalista de que el aborto con medicamentos es una práctica insegura o arriesgada y rechazan la noción de que solo hay una forma de realizar el acompañamiento.

Además, la condicionalidad del ultrasonido como requisito impuesto por las ONG en realidad tiene un efecto secundario no intencionado de crear obstáculos para las mujeres que tienen dificultad para acceder al mismo en ciertos contextos. Por lo general, el ultrasonido se utiliza en contextos clínicos, por lo que las mujeres que realizan abortos con medicamentos en casa suelen verse en la necesidad de acudir a un laboratorio privado y pagar por el estudio (Raymond y otros, 2015). Lo anterior impacta en el acceso, pues las acompañantes trabajan en realidades en las que algunas mujeres no pueden pagar los ultrasonidos y son discriminadas o estigmatizadas, o simplemente no hay servicios médicos, como es el caso de las zonas rurales.

En este sentido, una acompañante entrevistada indicó que a pesar de que el protocolo de acompañamiento de su organización exige un ultrasonido, en ocasiones decidía eludirlo ante las realidades de su contexto local y de las mujeres a las que acompaña:

En algunos lugares sí es necesario, porque es posible, en algunos espacios no. [Por] ejemplo, en el contexto de [la capital del estado], pues una mujer sí se puede hacer un ultrasonido, rápido y al rato ya lo tiene, pero en los lugares donde ni siquiera hay laboratorios o lugares donde puedes hacerte un ultrasonido, pues es imposible.

Esta narrativa evidencia que los protocolos son elaborados para contextos institucionalizados y clínicos del Norte Global y no toman en cuenta las brechas de desigualdad que experimentan las mujeres en México.10

Otro papel central de los ultrasonidos es en la determinación de los límites gestacionales. La mayoría de quienes recibieron capacitación por parte de ONG no acompañan a las mujeres más allá de las nueve semanas de gestación y las canalizan a la Ciudad de México o con alguna acompañante “no institucional” que dé seguimiento a casos de aborto en el segundo o tercer trimestre. Para las acompañantes feministas que ayudan a las mujeres a abortar después del primer trimestre, los límites gestacionales impuestos por el Estado en términos legales y en términos biomédicos por instituciones como la OMS, son mecanismos de gobernanza reproductiva que controlan la conducta reproductiva de las mujeres. Por lo tanto, sienten la responsabilidad ética de no rechazar a ninguna mujer, en particular porque los casos de embarazos más avanzados del primer trimestre implican condiciones de mayor vulnerabilidad (Zurbriggen y otros, 2018). Así, citan una investigación realizada por las Socorristas en Red, que muestra que los medicamentos se pueden usar de manera segura más allá del primer trimestre (Zurbriggen y otros, 2018).

Por último, los hallazgos de mi investigación evidencian que el uso o no del ultrasonido se retoma discursivamente para descalificar la práctica del acompañamiento feminista que se da fuera del ámbito institucionalizado de las ONG. Al referirse a las llamadas ‘acompañantes autónomas’, una integrante de una red de ONG señaló:

Nosotras les hemos compartido nuestros protocolos con medidas de seguridad, pero a ellas les parece exagerado, a pesar de que nosotras dijimos que es por seguridad de ellas y de las mujeres, muy pocas acceden a esa parte, dicen que con nuestros protocolos estamos imponiendo normas que no abonan. Entonces sí es un poco preocupante, se ponen en riesgo a ellas y a las mujeres, porque para ellas no existe la necesidad de usar un ultrasonido, para nosotras sí porque partimos de la experiencia sobre los riesgos que implica para las mujeres por ejemplo que han pasado por una cesárea y tienen que utilizar el medicamento.

Dado que los riesgos del aborto con medicamentos realizado sin ultrasonido son mínimos (Ellertson y otros, 1997; Raymond y otros, 2015), me pregunto hasta qué punto el uso obligatorio de este procedimiento está vinculado con el deseo de mantener el control a nivel institucional, debido a que las ONG rinden cuentas ante los donantes, los Estados y los marcos y normas de políticas internacionales. Sostengo que los ultrasonidos atraviesan terrenos políticos (Murphy, 2012), por lo que pueden ser una herramienta que facilita la práctica del acompañamiento o de manera inadvertida pueden convertirse en un instrumento de control de la autonomía de las acompañantes y de las mujeres.

Por un lado, el ultrasonido proporciona tranquilidad a las acompañantes y reduce la responsabilidad legal (liability) de las ONG, y, por otro lado, el uso obligatorio y excesivo del ultrasonido propicia que las acompañantes reproduzcan y refuercen la hegemonía médica sobre la salud reproductiva de las mujeres. Así, es factible afirmar que excluir a las mujeres a partir de la obligatoriedad del ultrasonido coloca a las acompañantes en la posición de determinar quién puede y quién no puede recibir acompañamiento, lo que las convierte en extensiones del Estado.

Aun cuando en la mayoría de las ocasiones, las mujeres que se consideran no elegibles para el aborto con medicamentos son canalizadas a otras vías para interrumpir los embarazos, su autonomía reproductiva resulta menoscabada. De esta forma, los ultrasonidos se han convertido en un mecanismo de vigilancia para categorizar los cuerpos apropiados y no apropiados. Además, dentro de las estructuras de gobernanza reproductiva, se transforma a las acompañantes en intermediarias y guardianes del acceso al aborto con medicamentos y las promesas relacionadas con la autonomía corporal.

Conclusiones

Entre los hallazgos de mi investigación, identifiqué narrativas en las que se evidencian opiniones distintas y en algunos casos encontradas sobre los protocolos, estas diferencias aparentemente superficiales también son reclamos de legitimidad sobre quién puede acompañar y cómo se debe realizar el acompañamiento. En gran medida, estas tensiones se derivan de la influencia de las ONG, las interpretaciones de las políticas de salud exigidas a nivel mundial y las presiones del financiamiento, que son mecanismos de gobernanza reproductiva globalizada. Por lo tanto, las tensiones relativas a los protocolos apuntan a procesos más amplios de institucionalización de la salud reproductiva de las mujeres. Lo que a primera vista parecen ser debates sobre procedimientos biomédicos, en realidad revelan preguntas sociopolíticas sobre lo que significa el acompañamiento para las feministas y para las mujeres en general.

Las ONG buscan estandarizar el acompañamiento en nombre de la seguridad y la eficacia, pero esto no significa que la práctica del acompañamiento fuera de los contextos institucionales sea ad hoc o libertina. En general, en México las acompañantes están altamente capacitadas, tienen conocimientos amplios, están vinculadas en redes de manera efectiva y brindan una atención de aborto de alta calidad. Como dijo una acompañante, "no somos médicas, pero sabemos un chingo [expresión popular mexicana para decir: mucho]". A nivel mundial, las activistas que promocionan el aborto autogestionado también afirman que los marcos institucionales de calidad de atención no logran captar los altos estándares que la comunidad del aborto autogestionado exige de sí misma (International Women’s Health Coalition, 2019).

Si bien es importante asegurar que el aborto se practique en las mejores condiciones de seguridad para las mujeres, sostengo que la imposición de ciertos protocolos como obligatorios, o la descalificación de métodos alternativos igual de seguros, no es la forma para garantizar esto.

Cuando se analiza estas tendencias a través del concepto de gobernanza reproductiva, se muestra cómo la sobremedicalización del acompañamiento tiene impacto en la autonomía reproductiva y aumenta las brechas de desigualdad interseccionales para algunas mujeres.

Todo lo expuesto y analizado en este capítulo ocurre en un contexto en el cual el Estado transfiere la responsabilidad a las mujeres y a las acompañantes, quienes a través de su trabajo no remunerado buscan garantizar la salud y el bienestar de las mujeres, así como sus derechos reproductivos. En el futuro sería valioso cuestionar hasta qué punto los debates internos sobre protocolos nos hacen perder de vista el panorama más amplio y preocupante sobre lo que significa la autonomía reproductiva en condiciones patriarcales y neoliberales.

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1 Una nota sobre género: Reconozco que otras personas gestantes que no se identifican como mujeres también tienen abortos. Sin embargo, he elegido el lenguaje más utilizado por las acompañantes que entrevisté en México por respeto a su posición política sobre la invisibilización de las mujeres en el lenguaje “neutro”.

2 Hay diversos posicionamientos políticos en los feminismos mexicanos, pero todos confluyen en la lucha para alcanzar la igualdad de género y para que el derecho a decidir sea garantizado para todas las mujeres, incluso si no se cuenta con el aval o permiso del Estado.

3 Aunque el aborto fue despenalizado en el estado de Oaxaca en el 2019, los servicios aún no están funcionando.

4 Las instituciones religiosas han sido ampliamente analizadas (ver, por ejemplo, Ortiz-Ortega, 2019) y no serán el tema central de este capítulo.

5 La ironía es más evidente en inglés, debido a que las palabras ‘decidir’ y ‘elegir’ se traducen como ‘choice’, lo que muestra los paralelos entre ‘consumer choice’ (elección del consumidor) de la política del mercado y ‘right to choose’ (derecho a decidir) de la política de la reproducción.

6 Este último sigue en proceso

7 Las marcas son Apostecsol, Artrotec (dicolfenaco/misoprostol), Cyrux, Cytotec, Taneciprol, Tomispral. Cyrux es elaborado por el laboratorio mexicano Serral y es el producto base de las marcas propias vendidas en Farmacias del Ahorro, Farmacias San Pablo (Aurax), Farmacias Similares (Cyrax), Walmart (Medimart), Superama (Medimart), Farmacias Guadalajara y Farmacias Yza.

8 Las guías mexicanas no son específicamente para el aborto autoinducido, sino para el tratamiento del aborto espontaneo y pretenden garantizar el acceso a servicios de salud.

9 Las cifras mexicanas corresponden a los globales: entre 1 a 2%.

10 Sin duda, también es el caso en varios contextos del Norte Global, cuyos sistemas de salud no tienen cobertura universal o en donde el aborto está criminalizado o estigmatizado.

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